Zonales Quito

Cabildos Populares del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito

Cabildo Popular

Participa activamente en cabildos realizados por el Municipio de Quito. ¡Tu participación es valiosa y juntos podemos construir una ciudad mejor!

Convocatoria

Este mecanismo es un espacio consultivo de participación en el que el Concejo Metropolitano de Quito o el Alcalde invitan a sesiones públicas abiertas a toda la ciudadanía.

Objetivo 

Debatir temas de gran relevancia relacionados con la gestión municipal, sobre los cuales necesitamos obtener las opiniones de distintos sectores geográficos y socioeconómicos del Distrito Metropolitano de Quito.

¿ Quiénes Participan ?

En los cabildos populares podrán participar tanto ciudadanos de manera individual como organizaciones, colectivos, gremios, sectores sociales, culturales, u otras formas de organización, con o sin personería jurídica.

Participa activamente en el cabildo de este año

Cronograma de socialización del cabildo en las Administraciones Zonales

ADMINISTRACIÓN ZONALHORAFECHALUGAR
CALDERÓN 10:0012/12/2024Auditorio de la Administración Zonal Calderón
CHOCO ANDINO17:0012/12/2024GAD Calacalí
ELOY ALFARO17:0012/12/2024Auditorio de la Administración Zonal
EUGENIO ESPEJO 10:0012/12/2024Administración Zonal Eugenio Espejo
LA DELICIA15:0012/12/2024Auditorio de la Administración Zonal
LOS CHILLOS17:0012/12/2024Auditorio de la Administración Zonal los Chillos
MANUELA SÁENZ17:0012/12/2024Casa somos san Marcos 
MARISCAL15:0012/12/2024Administración Zonal La Mariscal
QUITUMBE10:0012/12/2024Auditorio de la Aadministración Zonal Quitumbe
TUMBACO15:0012/12/2024Casa Somos Tumbaco
Ley Orgánica de Participación Ciudadana 

Art. 76.- Del cabildo popular. – El cabildo popular es una instancia de participación cantonal para realizar sesiones públicas de convocatoria abierta a toda la ciudadanía, con el fin de discutir asuntos específicos vinculados a la gestión municipal. La convocatoria debe señalar: objeto, procedimiento, forma, fecha, hora y lugar del cabildo popular. La ciudadanía debe estar debidamente informada sobre el tema y tendrá, únicamente, carácter consultivo. Cada Gobierno Autónomo Descentralizado cantonal realizará una sesión de cabildo popular por lo menos una vez al año.

Código Municipal para el disrito Metropolitano de Quito

Art. 432.- De los Cabildos Populares.- Es una instancia consultiva de participación mediante la cual el Concejo Metropolitano de Quito o el Alcalde convocan a sesiones públicas de convocatoria abierta a toda la ciudadanía, con el fin de discutir asuntos trascendentales vinculados a la gestión municipal sobre los cuales es necesario contar con criterios de los diferentes sectores geográficos o socioeconómicos del Distrito Metropolitano de Quito. En los cabildos populares podrán participar ciudadanos a título individual, así como organizaciones, colectivos, gremios, sectores sociales, culturales, o cualquier otra forma de organización, con o sin personería jurídica.

En la convocatoria a los cabildos populares se señalarán el objeto, procedimiento, forma, fecha, hora y lugar del cabildo popular. La ciudadanía debe estar debidamente informada sobre el tema por el cual se convoca al cabildo, mismo que
tendrá únicamente carácter consultivo.

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